Declaración
Pública
#noalacazadeperrosenchile
Santiago, 4
de febrero de 2014
Debido
a la toma de razón por parte de la Contraloría General de la
República del Decreto Supremo N° 65 del Ministerio de Agricultura
sobre el Reglamento de la Ley de Caza (con fecha 9 de enero de 2014),
así como también a la cuestionable forma en que las Comisiones de
Salud y Hacienda de la Cámara de Diputados han tramitado el proyecto
de Ley sobre Tenencia Responsable de Mascota (Boletín 6499-11), las
organizaciones abajo firmantes manifestamos nuestro profundo rechazo
a la forma en que se han tratado ambos textos, así como también al
engaño del que hemos sido víctimas por parte de parlamentarios y
otros funcionarios de reparticiones gubernamentales que habiéndose
comprometido a eliminar el sacrificio como método de control canino
y felino, han introducido sendas modificaciones que priorizan esta
bestial y mal entendida solución a un problema que requiere de una
mirada integral, técnica y ética.
Exponemos
además que las modificaciones indicadas atentan contra la ya feble
Ley Sobre Protección de los Animales (N°20.380), desconociendo sus
principios y objetivos, toda vez que entroniza el sacrificio como
medida de control, entregando facultades ad hoc al Servicio Agrícola
y Ganadero (SAG) y a la Corporación Nacional Forestal (CONAF). A la
inversa, elimina la esterilización obligatoria y no incluye en glosa
alguna del presupuesto nacional o de las reparticiones estatales
fondos para educación o programas de esterilización.
Es
así como rechazamos ambas normativas, entre otras razones por:
1. Autorizar
la captura y caza de los perros “salvajes o bravíos”
considerados “dañinos” para la fauna silvestre, lo que en la
práctica se traduce en una cacería de todo tipo de perros -y
zorros- sin distinción, usando crueles métodos expresamente
autorizados para ello tales como ondas, boleadoras, cebos, vehículos
con focos para encandilar, etc.
2. Esta
norma será un incentivo para el abandono de perros fuera del radio
urbano, cuestión que consabidamente practican, bajo cuerda,
funcionarios municipales y empresas inescrupulosas llevando
camionadas de perros hacia zonas rurales o semi rurales.
3.
Transgredir la Ley de Caza y Resolución 10.7 de la Convención
Internacional Sobre el Comercio de Especies Amenazadas de Flora y
Fauna (CITES) autorizando la entrega en custodia de los animales
decomisados al mismo infractor, produciendo, en los hechos, un
blanqueamiento del tráfico y la tenencia ilegal de especies
protegidas.
4.
Desnaturalizar el proyecto de Ley Sobre Tenencia Responsable de
Mascotas o Animales de Compañía (Boletín N°6499-11) al:
Reponer
la figura de los “centros de mantención temporal” propuestos en
2009 por el Ministerio de Salud.
Entregar
facultades a la CONAF y el SAG para remover, mantener y en último
término sacrificar “mascotas” (nuevo artículo 28) que en
dichos territorios hayan causado directamente la muerte de animales.
Eliminar
la institucionalidad que creaba el Consejo Nacional (autoridad
multisectorial) que dictaría la Estrategia Nacional sobre control
canino. El actual texto otorga todo el poder de decisión, sin
contrapeso, al Ministerio de Salud, incluyendo la dictación de
todos los reglamentos de la Ley. Esto pese a que el MINSAL desde
1968 no dicta el reglamento del Código Sanitario sobre esta
materia.
Suprimir
el concepto de obligatoriedad de la esterilización de animales el
cual era componente de la Estrategia Nacional del Consejo Nacional
(suprimido en la Comisión de Salud de la Cámara).
No
destinar recursos para Educación en Tenencia Responsable ni para
programas de Esterilización, lo cual no guarda consistencia con los
objetivos declarados de la ley en su artículo 1º.
Pretender
que las organizaciones de protección animal se hagan cargo de la
irresponsabilidad de todos, convirtiéndolas en administradoras de
caniles de acopio de animales, desvirtuando su función y objetivos
como promotoras del bienestar animal, fiscalizadoras y colaboradoras
de la autoridad (no reemplazantes).
Generar
las condiciones para una mayor demanda de perros de raza sin poner
límite alguno a la reproducción de perros en criaderos.
Las
organizaciones abajo firmantes solicitamos que al retornar del receso
parlamentario, la Cámara de Diputados investigue la forma en que se
tramitó el Decreto Supremo N° 65. Asimismo, solicitamos a los
Senadores el rechazo del nuevo artículo 28 así como todas las
modificaciones introducidas por las comisiones de Salud y Hacienda de
la Cámara al Proyecto de Ley sobre Tenencia Responsable de Mascotas.